Coronavirus AT
11 MAR 2020
Desde hoy, los trabajadores y autónomos que estén de baja por incapacidad temporal (IT) derivada de i) haber contraído el coronavirus o ii) encontrarse en período de aislamiento acordado por las autoridades sanitarias, percibirán la prestación por IT correspondiente a los accidentes laborales, por lo que a) cobrarán el 75% de la base reguladora desde el día siguiente al que se acuerde el aislamiento/enfermedad, aunque el parte de baja se expida con posterioridad y b) será a cargo de la Seguridad Social. RD-Ley 2/2020 de 10 de marzo.
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