Sala de prensa

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ABA Labor and Employment Law Committee Midyear Meeting – Madrid

ABA Labor and Employment Law Committee Midyear Meeting – Madrid

8 MAY 2025
Nuestra compañera Almudena Álvarez asistió del 4 al 8 de mayo a la Reunión de Mitad de Año del Comité de Derecho Laboral de la ABA, celebrada en el Hotel Palace, en la ciudad de Madrid. Más de 150 profesionales del derecho de todo el mundo asistieron al encuentro y profundizaron en algunos de los temas más candentes: ESG, DEI, trabajadores de plataformas digitales, investigaciones en casos de acoso sexual, etc. Nuestra compañera también tuvo la oportunidad de reencontrarse con nuestros compañeros de AIJA y ELLINT y recorrer las calles de Madrid.
Concejalía de Igualdad de Torrejón de Ardoz – RSC

Concejalía de Igualdad de Torrejón de Ardoz – RSC

8 MAY 2025
Nuestras compañeras Inés López y Marta López, impartieron el seminario “Monográfico de Asesoría Jurídico Laboral para Mujeres” en la Concejalía de Igualdad de Torrejón de Ardoz (Centro Polivalente Abogados de Atocha). Nuestras compañeras analizaron (i) los tipos de contratos de trabajo actuales, (ii) el procedimiento de despido y (iii) el acoso laboral, resolviendo las dudas de las asistentes y compartiendo información útil para su día a día en el trabajo. ¡Gracias a la Concejalía de Igualdad por contar con nosotras!
La Cámara Alemana repasa las novedades en materia laboral con álvarez lentner

La Cámara Alemana repasa las novedades en materia laboral con álvarez lentner

7 MAY 2025
Nuestras compañeras Nuria Naranjo, Lidia Lérida y Almudena Álvarez tuvieron la oportunidad de participar como ponentes en una formación organizada por nuestro despacho junto con la Cámara de Comercio Alemana para España (AHK Spanien) en Madrid. En ella tratamos temas como la audiencia previa, las indemnizaciones adicionales, la extinción del contrato por incapacidad permanente, las nuevas protecciones frente al despido sin causa o con errores formales, etc. Si no pudiste venir y te interesan estos temas, puedes ver el vídeo de la formación de manera gratuita en el siguiente enlace 👉 https://lnkd.in/ddpSRbZ7
Ley 2/2025, de 29 de abril sobre extinción del contrato de trabajo por incapacidad permanente ​de la persona trabajadora

Ley 2/2025, de 29 de abril sobre extinción del contrato de trabajo por incapacidad permanente ​de la persona trabajadora

1 MAY 2025
Hoy, Día Internacional de las Personas Trabajadoras​, entra en vigor la Ley 2/2025, de 29 de abril sobre extinción del contrato de trabajo por incapacidad permanente (IP) de la persona trabajadora (PT): La PT tendrá un plazo de 10 días naturales desde la notificación de la resolución de la declaración de IP para comunicar por escrito a la Empresa si desea mantener su relación laboral. ​Desde ese momento, la Empresa tendrá un plazo de 3 meses para realizar los ajustes razonables del puesto de trabajo o proponer a la PT un cambio de puesto acorde a su perfil profesional y compatible con la IP. Si el ajuste supone un carga excesiva para la Empresa, no existiera otro puesto de trabajo vacante y adecuado o, existiendo, la PT no acepte el cambio de puesto, dentro del mismo plazo, la Empresa podrá extinguir el contrato de la PT mediante comunicación por escrito motivada y sin indemnización alguna. Durante el plazo máximo de 3 meses, la relación laboral seguirá en suspenso.
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Excedencia voluntaria y conversión a indefinido

Excedencia voluntaria y conversión a indefinido

28 ABR 2025
La persona trabajadora (PT) que solicita a la empresa su reingreso para cuando finalice su excedencia voluntaria​, tiene derecho a reincorporarse si, después de haber solicitado su reingreso, la empresa convierte contratos temporales de puestos de trabajo similares al que tenía la PT en indefinidos, aunque esta conversión derive de acuerdos entre la representación legal de las PTs y la empresa o de convenios colectivos, ya que los acuerdos colectivos tienen que estar supeditados a la norma legal, Estatuto de los Trabajadores (ET), y por ello tienen que respetar el derecho preferente al reingreso de la PT en excedencia voluntaria (art. 46 ET). Esa conversión es considerada como una vacante, ya que evidencia la necesidad de mano de obra permanente. TS 12/03/25
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