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Carta de Despido

Carta de Despido

21 SEP 2020
La carta de despido de una trabajadora que recoge que en los últimos 60 días esta se ha apropiado de dinero de la caja registradora y del bote de las propinas en al menos 26 ocasiones, especificando uno a uno los días concretos, es suficientemente informativa, no siendo exigible que i) figure cómo lo ha hecho, ni ii) cómo la empresa ha tenido conocimiento de los hechos. TS 2/7/20.
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Cambio de horario durante el estado de alarma

Cambio de horario durante el estado de alarma

14 SEP 2020
La modificación de los horarios de los trabajadores sin su consentimiento para crear grupos de trabajo estanco y conseguir así mantener la distancia de seguridad, reducir los contactos y aumentar la trazabilidad de los mismos, no se considera sustancial porque i) son cambios temporales y excepcionales y ii) la empresa cumple así con su deber prioritario de protección de la seguridad y salud de los trabajadores (ponderación de derechos) a la vez que cumple con las Órdenes Ministeriales publicadas al efecto. TSJ Madrid 25/6/20.
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Despido Improcedente

Despido Improcedente

7 SEP 2020
Se declara improcedente, y no nulo, el despido disciplinario (sin causa) realizado durante el estado de alarma porque i) la jurisprudencia consolidada declara improcedentes los despidos sin causa, ii) no se ha vulnerado ningún derecho fundamental y iii) el art. 2 RD-l 9/2020 no prohíbe los despidos, sino que prevée que las causas de fuerza mayor o económicas, técnicas, organizativas o productivas derivadas de la crisis del Covid-19 no justifican el despido. JS 26 Barcelona.
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Extinción Indemnizada

Extinción Indemnizada

12 AGO 2020
Trabajador que cobra reiteradamente una parte importante de su salario en B tiene derecho a extinguir su contrato con el percibo de la indemnización prevista para los despidos improcedentes (y a la prestación por desempleo que le corresponda), porque el empresario está incumpliendo gravemente la obligación de cotizar (art. 50 del ET) que tiene una repercusión negativa directa sobre el trabajador (afectando a la cuantía de las prestaciones económicas futuras), siendo irrelevante el hecho de que el trabajador haya permitido este incumplimiento durante años porque su “consentimiento a no cotizar” no se puede entender completamente libre/válido. TS 18/6/20.
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Despido Nulo

Despido Nulo

20 JUL 2020
La finalización de un contrato temporal en fraude de ley (sin causa) durante la vigencia de los RD-ley 8 y 9/2020 equivale a un despido NULO porque la causa real de dicha finalización fue la disminución de pedidos durante el estado de alarma y para ello la empresa tendría que haber suspendido el contrato de trabajo, no extinguirlo. Es nulo y no improcedente porque se incumple la obligación de conservar el empleo, lo que es contrario a norma imperativa y persigue un resultado prohibido (art. 6.3 y 4 del Código Civil). JS 3 Sabadell.
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