Información a la RLT
5 ABR 2021
La Representación Legal de los Trabajadores (RLT) no tiene derecho a recibir la relación de contratos de todos los trabajadores con su nombre, tipo de contrato y fecha de inicio, porque si lo que quería era valorar los criterios de adscripción del personal a esos puestos concretos, la RLT debería haber solicitado sólo la información referida a la persona en concreto que ocupaba un puesto determinado (si hubiera habido quejas al respecto). El derecho fundamental (DF) a la libertad sindical colisiona aquí con el DF a la protección de datos, no habiendo siquiera la RLT explicado cuál es la utilidad de la información solicitada. TS (Sala CA) 9/2/21.
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